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DELITOS ECONÓMICOS EMPRESARIALES

Asesoramos tanto en la acusación como en la defensa de delitos económicos empresariales como pueden ser el llamado alzamiento de bienes, delitos societarios cometidos por los administradores como administración desleal, insolvencia punible, estafas y fraude en compras e inversiones,  apropiación indebida, fraude fiscal, así como en robos y  hurtos.

En estos casos es fundamental actuar desde el primer momento, incluso antes de interponer la denuncia, recopilando toda la prueba posible y organizando el desarrollo comprensible e histórico de la denuncia y  de los hechos.

ESTAFAS

Además de las estafas a empresas, últimamente se está produciendo una masiva delincuencia organizada o no, que efectúa estafas a través de internet, bien mediante compras online, por compras  de productos de segunda mano en determinadas webs aplicaciones o redes, como wallapop, whatsapp, etc, e incluso con la venta de objetos robados a bajo precio (que sería un delito de receptación si se conoce que el producto es robado; y aún si no se conoce la procedencia, el objeto es requisado también por la Policía). 

Consejo; no pagar por empresas de envío de dinero o mediante códigos. Siempre por transferencia bancaria (al menos queda reflejado la titularidad de la cuenta que lo recibe). No enviar foto del DNI porque luego lo usan para cometer delitos a tu nombre. 

ALCOHOLEMIAS

Hoy en día, salvo accidente grave, es habitual que si cometes un delito de conducción bajo influencia de bebidas alcohólicas o drogas, la Policía o Guardia Civil te deje en libertad y te cite para un juicio rápido al día siguiente en el Juzgado de Guardia.

Es importante estar bien asesorado por lo que nada más recibas la citación debes ponerte en contacto con un abogado ya que primero deberá saber si se cumplen los requisitos para haber cometido o no el delito y su gravedad, y además porque podrá negociar in situ en el Juzgado de Guardia con la Fiscalía una pena adecuada, que si es aceptada automáticamente por Ley se reducirá en un tercio la pena solicitada tanto de retirada de carnet como de meses de multa.  

Debes saber que conducir con una tasa superior a 0,6 expirado (cuando soplas) es delito sí o sí, aunque seas capaz de andar bien o hablar bien.

Debes saber que no puedes negarte a que te hagan la prueba del alcoholímetro porque esa negativa supone la comisión de otro delito.

Debes saber que tienes derecho a que después de la prueba del alcoholímetro puedes pedir que te lleven a extraer sangre. 

Debes saber que la pena mínima es de un año de retirada de carnet, que en caso de conformidad podría quedarse reducida a 8 meses. Pero que si ha habido un accidente o conducción anómala podrían pedirte una pena mayor, según incluso hasta 4 años de retirada de carnet.

Consejo (no es mío es de Stevie Wonder de hace años) “Si bebes, no conduzcas”; y yo añado, “ni te drogues” (ojo porque en la prueba de saliva de drogas puede dar positivo si la toma de drogas ha sido incluso horas antes de la conducción). Un taxi ahorra mucho dinero porque sin carnet puedes perder hasta tu negocio o trabajo, y además después tendrás que hacer (y pagar) un curso de reeducación vial con un coste de 400 euros.

VIOLENCIA DE GÉNERO

La acusación y defensa en éste tipo de procedimientos debe realizarse por abogados especialistas dada la sensibilidad de éste tipo de asuntos y las consecuencias de los mismos ya que por ejemplo en el caso de existir menores en la pareja, sea matrimonio o no, puede conllevar desde el primer momento la guarda y custodia de los mismos, una pensión de alimentos y el uso de la vivienda además de las medidas de protección para prohibir la comunicación entre la pareja y el contacto físico a través del alejamiento a determinados lugares (domicilio, trabajo) y distancia en metros, así como en cualquier lugar de la calle. 

Hemos superado hace años ya el Curso de Especialización en Defensa de Víctimas de Violencia Doméstica y de Género del Real e Ilustre Colegio de Abogados de Zaragoza y asistido a numerosas víctimas y también a denunciados.

Si eres víctima de violencia recuerda que puedes llamar al 016 (que no aparece en la factura pero sí aparece en el móvil en llamadas efectuadas por lo que tendrás que borrarlo). 

MENORES

En ocasiones tus hijos o hijas menores pueden verse involucrados  en un delito protagonizado directa o indirectamente por ellos/as aunque la educación y las advertencias familiares hayan sido adecuadas, incluso a veces por lo que pensamos que pueden ser pequeñas travesuras que tienen consecuencias penales.

Un pequeño hurto en una tienda, una pelea en la calle, un robo de móvil, suelen ser los pequeños delitos que cometen menores o que en ocasiones cometen los amigos/as de tus hijos/as pero que al estar todos juntos, se entiende cometidos por todos/as. Por ejemplo, si cuatro amigas entran juntas en una tienda y una de ellas se lleva un pintalabios o una camiseta, todas, las cuatro, tendrán la consideración de autores del delito y las mismas consecuencias.

La consecuencia será que la Policía avisará a los progenitores, tendrá que ir el menor con el progenitor a declarar a Policía, se abrirá un expediente en Fiscalía de Menores y el Equipo de Medio Abierto realizará entrevistas con el menor y los progenitores, e incluso solicitarán informe al Colegio o Instituto sobre el comportamiento del menor, etc.

Un disgusto familiar importante que además tiene consecuencias penales. 

Por ello, es importante advertir de éstas consecuencias.

Y si pasa, es importante contar con un abogado experto que pueda negociar con Fiscalía y el EMA el cierre del expediente, tras una disculpa por escrito y el compromiso de no volver a actuar de dicha manera o similar; y así evitar el procedimiento judicial completo.

Hemos superado hace años ya el Curso de Especialización  de Menores del Real e Ilustre Colegio de Abogados de Zaragoza y asistido a numerosos menores ante Fiscalía de Menores y Juzgados de Menores.